viernes, 29 de noviembre de 2013

Fecundación

Una vez formados los gametos, para que se produzca un nuevo ser es necesario que el óvulo y el espermatozoide se junten y fusionen, a este proceso se le denomina fecundación. En la especie humana la fecundación es interna, es decir se produce dentro del cuerpo de la mujer, concretamente en las Trompas de Falopio
Para ello es necesario que se produzca la copulación o coito que consiste en la introducción del pene en la vagina y la posterior eyaculación del semen (aunque, en la actualidad existen técnicas de reproducción asistida mediante las cuales pude darse una fecundación in vitro, en el laboratorio). 

Esquema de la fecundación
Espermatozoides fecundando a un óvulo
espermatozide que ha penetrado en un óvulo

Si no hay ningún obstáculo (algún método anticonceptivo) el semen pasará por la vagina, atravesará el útero y llegará a las Trompas de Falopio. De los cientos de miles de espermatozoides, solamente unos pocos llegarán hasta el óvulo y solamente uno podrá atravesar la membrana plasmática del óvulo y producirse la fecundación. Todos los demás espermatozoides son destruidos en el viaje. La razón de producirse millones de espermatozoides es para garantizar que, al menos uno, pueda alcanzar el óvulo.  
El óvulo fecundado es una nueva célula que vuelve a tener 46 cromosomas, ya que tendrá los 23 cromosomas del óvulo mas los 23 del espermatozoide y se denomina Cigoto. El cigoto comenzará un viaje hasta implantarse en el útero

cigoto
estadio de 2 células
embrión de 4 células
embrión de 6 células
embrión de 8 células





Viaje del embrión
Durante este viaje comienza a dividirse y empieza a desarrollarse como embrión. A partir de las 16 células se empieza hablar de mórula, ya que su aspecto recuerda a una mora.
                     Mórula, a los 4 días
A continuaciónBlástula algunas células continúan dividiéndose y desplazándose y pasan a un estado que se denomina blástula.  
En este estado es como llega al útero y se produce la implantación o nidación

En el esquema se resume el viaje del embrión hasta el útero, que dura aproximadamente una semana. 

Embarazo

saco amniótico
La primera señal de que se ha producido un embarazo es que desaparece la menstruación. El embarazo es la fase de desarrollo del óvulo fecundado, este proceso dura 9 meses y se realiza en el útero. 
Cuando la blástula se implanta en el endometrio uterino, se desarrolla el saco amniótico que albergará al embrión. El saco amniótico está  lleno de líquido amniótico que amortiguará los posibles golpes que reciba. 
Entre el útero y el embrión se desarrollará la placenta que permitirá alimentar al embrión y retirar y eliminar los productos de desecho, también actuará como barrera defensiva. La comunicación entre la placenta y el embrión se realiza a través del denominado cordón umbilical, por el que pasan dos arterias y una vena. 

A lo largo de los nueve meses de embarazo se van produciendo cambios morfológicos y fisiológicos:

Primer trimestre: Implantación en el útero y primeras fases del desarrollo. En el segundo mes ya están desarrollados todos los órganos y algunos comienzan a funcionar. Crece rápidamente pero de forma desigual, crece sobre todo la cabeza que se distingue del resto del cuerpo. A partir del tercer mes recibe el nombre de feto, mide aproximadamente 3 centímetros y pesa unos 10 gramos.

Segundo trimestre: El vientre de la mujer crece al aumentar el tamaño del útero. Hacia el quinto mes el desarrollo del vientre llega hasta el ombligo. Las mamas aumentan de tamaño y la mujer nota los movimientos del futuro bebé. Todos los órganos están perfectamente desarrollados y el feto crece. Al final de este trimestre mide cerca de 30 centímetros y pesa 1 kilo. 
Segundo mes
Sexto mes
Séptimo mes
Tercer trimestre: El útero alcanza el máximo desarrollo. Los órganos maduran, sobre todo los pulmones y el tejido adiposo bajo la piel. El feto cambia de postura y se sitúa boca abajo. A partir del sétimo mes el feto ya sería viable y podría sobrevivir si naciera en ese momento. Al final del embarazo el bebé puede medir entre los 45 y 50 centímetros y pesa entre 2,5 y 3 kilos.

 Parto
Al final de los nueve meses se produce el parto o nacimiento. 
  • Fase de dilatación: el útero y la pelvis se dilatan para permitir el paso del bebé. Se rompe el saco amniótico y sale el líquido amniótico, lo que popularmente se conoce como "romper aguas". Pude durar desde 3 a 14 horas. En mujeres primerizas es más largo. 
  • Fase de expulsión: el bebé sale a través de la vagina. Se corta el cordón umbilical y a partir de ese momento el bebé puede comenzar una vida independiente. Suele durar entre 15 y 30 minutos. Por último, se expulsa la placenta, unos 15-30 minutos después y termina el parto. 

Observa las siguiente animación:

http://recursostic.educacion.es/secundaria/edad/3esobiologia/3quincena10/imagenes/feto%20animacion%20biosfera.swf





jueves, 21 de noviembre de 2013

1813: Congreso de abril ::::: Instrucciones del año XIII

Los representantes electos no fueron aceptados en la ASAMBLEA CONSTITUYENTE 

Diferencias: - Buenos Aires quería un gobierno central.

                     - Orientales una confederación: la soberanía está en cada estado, ellos deciden que                                                 funciones delegan al poder central.

División en las fuerzas revolucionarias: - Buenos Aires ordenó a Rondeau a convocar a una                                                                           nueva elección en la cual no participa Artigas.

                                                                   - Artigas también llamó a elegir representantes.

Fines de 1813 - Congreso en Capilla Maciel: no son tenidas en cuenta las condiciones fijadas  por los                                                                         orientales ni las instrucciones del año XIII

1814

ENERO: Artigas y sus hombres se retiran del sitio de Montevideo quedando las tropas porteñas.                    Buenos Aires entendió esta acción como un abandono y se declaraa Artigas enemigo de la patria. 

Artigas se retira a purificación seguido de muchas familias.

La flota porteña de Buenos Aires bloqueó el puerto de Montevideo

29 DE JUNIO la ciudad se rindió.

GOBIERNO PORTEÑO DE BUENOS AIRES se adueña de la ciudad: 

                                                                      - NOMBRÓ DIPUTADOS PARA ASISTIR A LA ASAMBLEA.

                                                                        - sustituyó a las autoridades anteriores.

                                                                        - se adueños de las propiedades particulares de los españoles.

                                                                        - aumentó los impuestos.

Los orientales se organizan para recuperarla.

Artigas quiere organizar una confederación con las provincias del litoral.

Las propuesta les permitía conservar la soberanía y luchar por intereses comunes.

 1815  

Llegado ese año, se incorporan al "sistema de pueblos libre" (LIGA FEDERAL) Seis provincias: Provincia Oriental, Entre Ríos, Corriente, Misiones, Santa Fè, Cordoba.

 


domingo, 17 de noviembre de 2013

INSTRUCCIONES DEL AÑO XII

INSTRUCCIONES QUE SE DIERON A LOS DIPUTADOS DE LA PROVINCIA ORIENTAL PARA EL DESEMPEÑO DE SU MISION ANTE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE DE BUENOS AIRES. DELANTE DE MONTEVIDEO, 13 DE ABRIL DE 1813.



Art. 1º.-Primeramente pedirá la declaración de la independencia absoluta de estas colonias, que ellas están absueltas de toda obligación de fidelidad a la corona de España, y familia de los Borbones, y que toda conexión política entre ellas y el estado de España, es, y debe ser totalmente disuelta.
 Art. 2º.- No admitirá otro sistema que el de confederación para el pacto recíproco con las provincias que formen nuestro estado.
Art. 3º.- Promoverá la libertad civil y religiosa en toda su extensión imaginable.
Art. 4º.- Como el objeto y fin del gobierno debe ser conservar la igualdad, libertad y seguridad de los ciudadanos y de los pueblos, cada provincia formará su gobierno bajo esas bases, a más del gobierno supremo de la nación.
 Art. 5º.- Así éste como aquél se dividirán en poder legislativo, ejecutivo y judicial.
Art. 6º.- Estos tres resortes jamás podrán estar unidos entre sí, y serán independientes en sus facultades.
Art. 7º.- El gobierno supremo entenderá solamente en los negocios generales del estado. El resto en peculiar al gobierno de cada provincia.
Art. 8º.- El territorio que ocupan estos pueblos de la costa oriental del Uruguay hasta la fortaleza de Santa Teresa, forma una sola provincia, denominada: LA PROVINCIA ORIENTAL.
Artº. 9.- Que los siete pueblos de Misiones, los de Batoví, Santa Tecla, San Rafael y Tacuarembó, que hoy ocupan injustamente los portugueses, y a su tiempo deben reclamarse, serán en todo tiempo territorio de la provincia.
Artº. 10.- Que esta provincia por la presente entra separadamente en una firme liga de amistad con cada una de las otras, para su defensa común, seguridad de su libertad, y para su mutua y general felicidad, obligándose a asistir a cada una de las otras contra soberanía, tráfico, o algún otro pretexto, cualquiera que sea.
Artº. 11.- Que esta provincia retiene su soberanía, libertad e independencia, todo poder, jurisdicción y derecho que no es delegado expresamente por la confederación a las Provincias Unidas juntas en congreso.
Artº. 12.- Que el puerto de Maldonado sea libre para todos los buques que concurran a la introducción de efectos y exportación de frutos, poniéndose la correspondiente aduana en aquel pueblo; pidiendo al efecto se oficie al comandante de las fuerzas de S. M. B. sobre la apertura de aquel puerto para que proteja la navegación o comercio, de su nación.
Artº. 13.- Que el puerto de Colonia sea igualmente habilitado en los términos prescritos en el artículo anterior.
Artº. 14.- Que ninguna tasa o derecho se imponga sobre artículos exportados de una provincia a otra; ni que ninguna preferencia se dé por cualquiera regulación de comercio o renta a los puertos de una provincia sobre los de otra; ni los barcos destinados de esta provincia a otra serán obligados a entrar, a anclar, o pagar derechos en otra.  
Artº. 15.- No permita se haga ley para esta provincia sobre bienes de extranjeros que mueren intestados, sobre multas y confiscaciones que se aplicaban antes al rey, y sobre territorios de éste, mientras ella no forma su reglamento y determine a qué fondos deben aplicarse, como única al derecho de hacerlo en lo económico de su jurisdicción.
Artº. 16.- Que esta provincia tendrá su constitución territorial; y que ella tiene el derecho de sancionar la general de las Provincias Unidas que forme la Asamblea Constituyente.
Artº. 17.- Que esta provincia tiene derecho para levantar los regimientos  que necesite, nombrar los oficiales de compañía, reglar la milicia de ella para la seguridad de su libertad, por lo que no podrá violarse el derecho de los pueblos para guardar y tener armas.
Artº. 18.- El despotismo militar será precisamente aniquilado con trabas constitucionales que aseguren inviolable la soberanía de los pueblos.
Artº. 19.- Que precisa e indispensable sea fuera de Buenos Aires donde resida el sitio del gobierno de las Provincias Unidas.
Artº. 20.- La constitución garantirá a las Provincias Unidas una forma de gobierno republicana, y que asegure a cada una de ellas de las vilencias domésticas, usurpaciones de sus derechos, libertad y seguridad de su soberanía, que con la fuerza armada intente alguna de ellas sofocar los principios proclamados. Y asimismo prestará toda su atención, para preservar a esta provincia las ventajas de la libertad, y mantener un gobierno libre, de piedad, justicia, moderación e industria. Para todo lo cual, etc. – Delante de Montevideo, 13 de abril de 1813. – Artigas. – Es copia.